El juez anula el despido de EU a una de sus empleadas en las Corts
J. G. G./R. L., Valencia Levante-EMV, 20-Julio-2008
Esquerra Unida vulneró la normativa al despedir a una de las dos trabajadoras históricas del grupo parlamentario en las Corts, según la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico de fuentes judiciales. Así lo determina el auto dictado por el juzgado de lo social número 17 de Valencia, que ha declarado la nulidad del despido de la afectada el 4 de enero de 2008 y ha condenado a EU a la readmisión en las mismas condiciones laborales con abono de los salarios desde la notificación de la rescisión hasta la comunicación del fallo. La sentencia, ante la que cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat, supone un varapalo a la organización de izquierdas en el contexto del enfrentamiento con Iniciativa del Poble Valencià, los escindidos de EU, y el Bloc, que controlan el grupo frente a los parlamentarios de Esquerra Unida.
El pasado 4 de enero, la empleada de EU en el grupo de Compromís pel País Valencià, que llevaba desempeñando su labor desde abril de 1991, recibió una carta con fecha 31 de diciembre en la que le comunicaba la extinción del contrato "por causas económicas", invocando así una vía introducida en Estatuto de los Trabajadores que permite amortizar puestos por "necesidad acreditada objetivamente". En estos casos la empresa sólo paga 20 días por año y no 45. La misiva alegaba causas económicas "que hacen insostenible el mantenimiento" del puesto de trabajo "porque a la empresa [EU] le es imposible atender los gastos de explotación, debido a los incumplimientos que desde la actual portavoz del grupo parlamentario se están realizando de los compromisos adquiridos".
Licencia para encontrar nuevo empleo
EU ponía "a disposición" de la empleada la contabilidad para que pudiera "comprobar los hechos" y le daba hasta el 31 de enero "una licencia semanal de seis horas a fin de que trate de encontrar nueva colocación laboral".
El trasfondo real era político, la desconfianza en la empleada, a la que EU consideraba cercana a los críticos que, junto con el Bloc, habían destituido como portavoz a la coordinadora, Glòria Marcos. La empleada consideró una injusticia la rescisión -los sueldos de los empleados de los grupos se pagan con una subvención finalista de las Corts- y recurrió, solicitando la nulidad por la falta de concreción en la comunicación y, subsidiariamente, su improcedencia al entender que no existe la causa económica alegada. Entre tanto, al día siguiente del despido el grupo la contrató. Hoy, de nuevo vuelve a ser personal de Esquerra Unida.
En el fallo, el juez estima que la "carta-comunicación", "en cuanto a la mala situación económica de la empresa, no se ofrece dato numérico alguno sobre la evolución o disminución de subvenciones que percibe de las Corts Valencianes o cuotas de los afiliados en años anteriores, ni gastos de personal, ni tampoco sobre la estructura de la plantilla, ni de las extinciones producidas por la misma causa durante este año 2007". Acto seguido, cita jurisprudencia que establece que es preciso especificar los datos y elementos objetivos que justifiquen la situación para que el trabajador pueda rechazar los argumentos de la empresa, ya que, en caso contrario, se produciría indefensión.
El juez considera que EU "se limita a hablar de causas económicas" pero "sin indicar" los datos que se señalan anteriormente, sin que la contabilidad que ofrece o las explicaciones que quiso dar al contestar la demanda cambien este hecho. "La carta-comunicación contiene expresiones que pueden ser consideradas paradigma de imprecisión, en tanto que sólo expresan unos hechos genéricos", remata la sentencia.